¿Peñalosa viola Art 127 CPN por acto con Tintori de López?


Con este acto: "Esposa de Leopoldo López presentó en la Alcaldía de Bogotá el libro 'Preso pero libre'."
http://goo.gl/gVsqvK
Peñalosa podría estar violando Art 127 CPN ???

En el 2do párrafo que anexo (3ro del Artículo) viene la prohibición:

Art 127: ... "A los empleados del Estado que se desempeñen en los órganos judicial, electoral, de control, y organismos de seguridad les está prohibido tomar parte en las actividades de los partidos y movimientos y en las controversias políticas, sin perjuicio de ejercer libremente el derecho al sufragio.

Los empleados no contemplados en esta prohibición (COMO LOS ALCALDES) solo podrán participar en dichas actividades y controversias en las condiciones que señale la ley estatutaria.

La utilización del empleo para presionar a los ciudadanos a respaldar una causa o campaña política constituye causal de mala conducta."

Sobre la ley que lo regula es la 734 de 2002, sobre la cual hay una sentencia respecto del término "controversias políticas"

Sentencia C-794/14 (Bogotá D.C., 29 de octubre de 2014)
http://goo.gl/PSFCyZ
en la cual la Corte Constitucional declaró EXEQUIBLE la expresión “y en las controversias políticas” del numeral 39 del artículo 48 de la Ley 734 de 2002: "39. Utilizar el cargo para participar en las actividades de los partidos y movimientos políticos y en las controversias políticas, sin perjuicio de los derechos previstos en la Constitución y la ley":
http://goo.gl/KvQaVT

En la sentencia se especifica sobre la participación en política de funcionarios públicos: "(iii) garantizar la igualdad de los ciudadanos y organizaciones políticas, del trato privilegiado e injustificado que autoridades o funcionarios puedan dispensar a personas, movimientos o partidos de su preferencia;".

Alguien que sepa más que yo, ¿hay caso? A ver si quizás nuestro Alcalde ha incurrido en alguna falta disciplinaria o algo más grave!

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